function myplugin_custom_js_for_specific_pages{"id":1001,"date":"2016-11-29T15:56:09","date_gmt":"2016-11-29T21:56:09","guid":{"rendered":"http:\/\/www.yunius.com\/?p=1001"},"modified":"2016-11-30T13:50:27","modified_gmt":"2016-11-30T19:50:27","slug":"obligaciones-pldft","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.yunius.com\/obligaciones-pldft","title":{"rendered":"Obligaciones en materia de PLD\/FT"},"content":{"rendered":"

\"obligaciones<\/p>\n

Los sujetos obligados, de conformidad con las Disposiciones de car\u00e1cter general aplicables, tienen las siguientes obligaciones en materia de PLD\/FT:<\/span><\/p>\n

I. Elaborar y observar pol\u00edticas de identificaci\u00f3n y conocimiento del cliente o usuario<\/span><\/h3>\n

Comprender\u00e1, cuando menos, los lineamientos establecidos para tal efecto en las <\/span>DISPOSICIONES DE CAR\u00c1CTER GENERAL A QUE SE REFIEREN LOS ART\u00cdCULOS 115 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CR\u00c9DITO EN RELACI\u00d3N CON EL 87-D DE LA LEY GENERAL DE ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES AUXILIARES DEL CR\u00c9DITO Y 95-BIS DE ESTE \u00daLTIMO ORDENAMIENTO, APLICABLES A LAS SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO M\u00daLTIPLE<\/span>, as\u00ed como los criterios, medidas y procedimientos que se requieran para su debido cumplimiento, incluyendo los relativos a la verificaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de los datos proporcionados por los Clientes.<\/span><\/p>\n

En la elaboraci\u00f3n de la pol\u00edtica de identificaci\u00f3n del Cliente, las Entidades deber\u00e1n incluir y observar lineamientos para la identificaci\u00f3n de los Usuarios a que se refiere la <\/span>14\u00aa<\/b>, <\/span>15\u00aa<\/b> y <\/span>16\u00aa<\/b> de las Disposiciones.<\/span><\/p>\n

La pol\u00edtica y lineamientos antes se\u00f1alados deber\u00e1n formar parte integrante del documento a que se refiere la <\/span>54\u00aa<\/b> de las Disposiciones.<\/span><\/p>\n

II. Integraci\u00f3n, conservaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de expedientes<\/span><\/h3>\n

Las Entidades deber\u00e1n observar que el expediente de identificaci\u00f3n de cada Cliente cumpla, cuando menos, con los requisitos siguientes<\/span>:<\/span><\/p>\n

    \n
  1. Respecto del Cliente que sea persona f\u00edsica y que declare a la Entidad de que se trate ser de nacionalidad mexicana o de nacionalidad extranjera con la calidad migratoria de inmigrante o inmigrado, en t\u00e9rminos de la Ley General de Poblaci\u00f3n, el expediente de identificaci\u00f3n respectivo deber\u00e1 quedar integrado de la siguiente forma:<\/span><\/b><\/li>\n<\/ol>\n

    \u00a0 \u00a0 a) Deber\u00e1 contener asentados los siguientes datos:<\/span><\/p>\n