, el apoyo a proyectos de crowdfunding o ahorro v\u00eda aplicaciones depende principalmente de la honestidad y buena voluntad de los emprendedores.<\/span><\/p>\nCon esta ley, M\u00e9xico ser\u00e1 de los pocos pa\u00edses en el mundo que cuenten con una legislaci\u00f3n para empresas Fintech. S\u00f3lo 12 pa\u00edses tiene una, ser\u00e1 una ley muy general que permitir\u00e1 en el tiempo avanzar en regulaci\u00f3n secundaria para m\u00e1s detalles.<\/span><\/p>\nLo que se busca es crear la figura de Instituciones de Tecnolog\u00eda Financiera (ITF) que ser\u00e1n avaladas y reguladas por las autoridades financieras y tendr\u00e1n que cumplir con una serie de reglas prudenciales en materia de riesgos financieros, operaciones, mercado, ciberseguridad, gobierno corporativo, reglas de contabilidad y hasta topes o l\u00edmites en los montos m\u00e1ximos de operaciones.<\/span><\/p>\nSe busca tambi\u00e9n regular a las instituciones de pago electr\u00f3nico y a las que facilitan el intercambio de activos virtuales, por lo que se incluir\u00eda a las operaciones con bitcoins.<\/span><\/p>\nSe incluye tambi\u00e9n, adem\u00e1s de las ITF, la figura de empresas innovadoras, que podr\u00e1n tener una autorizaci\u00f3n temporal que permita probar sus modelos de negocios en un grupo reducido de clientes y por un tiempo limitado. Lo que se propone es tomar como ejemplo para las empresas innovadoras, lo que ya est\u00e1 haciendo Reino Unido con la llamada regulaci\u00f3n sandbox.<\/span><\/p>\nLas ITF estar\u00edan reguladas por el Comit\u00e9 de Instituciones de Tecnolog\u00eda Financiera, integrado por la SHCP, la CNBV y el Banco de M\u00e9xico, que a\u00fan no da luz verde a esta nueva ley. Adem\u00e1s, estar\u00e1n sujetas a supervisi\u00f3n por parte de la Condusef.<\/span><\/p>\nHabr\u00e1 tres tipos de ITF: de fondos de pago electr\u00f3nico, de administraci\u00f3n de activos virtuales y de financiamiento colectivo (Crowdfunding).<\/span><\/p>\nEs una versi\u00f3n preliminar, pero la gran duda, es si esta nueva ley va a inhibir el desarrollo de las Fintech, por los excesivos requisitos que tendr\u00e1n que cumplir para ser autorizadas, o si registrar\u00e1, como sucede hoy con las Sofomes, una marcada diferencia entre las Sofomes reguladas y las no reguladas.<\/span><\/p>\nDe ser aprobada por el Congreso en las pr\u00f3ximas semanas, brindar\u00e1 certeza jur\u00eddica al ecosistema Fintech, un sector que est\u00e1 reconfigurando los modelos de negocio de la banca tradicional.<\/span><\/p>\nLa propuesta de ley es apenas el inicio de un camino que llevar\u00e1 a regular despu\u00e9s a la industria Fintech en materia de leyes secundarias. Estos son los puntos m\u00e1s relevantes del anteproyecto de Ley de Tecnolog\u00eda Financiera, que actualmente es discutido por los reguladores, la Asociaci\u00f3n Fintech M\u00e9xico, la Asociaci\u00f3n de Plataformas de Fondeo Colectivo (Afico), la Asociaci\u00f3n de Pagos y la AMSOFIPO.<\/span><\/p>\n1) Ser\u00e1n nombradas como Instituciones de Tecnolog\u00eda Financiera (ITF) las empresas de:<\/strong><\/span><\/p>\n\n- Financiamiento colectivo (Crowdfunding) enfocadas en deuda, capital, copropiedad o regal\u00edas, que acercan financiamiento a los segmentos desatendidos por la banca tradicional.<\/span><\/li>\n
- Pago electr\u00f3nico, que realizan servicios de emisi\u00f3n, administraci\u00f3n, redenci\u00f3n y transmisi\u00f3n de fondos de pago electr\u00f3nico (e-money).<\/span><\/li>\n
- Activos Virtuales, que se trata de representaciones de valores que no sean emitidos por ning\u00fan banco central o entidad financiera. El Banco de M\u00e9xico ser\u00e1 el encargado de establecer su definici\u00f3n oficial.<\/span><\/li>\n<\/ul>\n
2) \u00bfQu\u00e9 necesitan para operar?<\/span><\/strong><\/p>\nDeber\u00e1n ser autorizadas por la CNBV, luego de que un Comit\u00e9 de Instituciones de Tecnolog\u00eda Financiera (conformado por CNBV, Banxico y Hacienda) lo haya discutido previamente.<\/span><\/p>\nLos interesados en pertenecer a alguna de las tres categor\u00edas de ITF tendr\u00e1n que ser Sociedades An\u00f3nimas o de Responsabilidad Limitada y tener domicilio en M\u00e9xico. Tambi\u00e9n deber\u00e1n contar con una estructura de gobierno corporativo, sistemas operativos, contables, de seguridad, as\u00ed como oficinas y manuales de operaci\u00f3n.<\/span><\/p>\nPara ser autorizadas deber\u00e1n presentar, entre otras cosas, el plan de negocios, pol\u00edticas en materia de control de riesgos, prevenci\u00f3n de fraudes y documentos que certifiquen el desarrollo de la interfaz o plataforma.<\/span><\/p>\n3) Requerimientos de capital.<\/span><\/strong><\/p>\nLas Fintech deber\u00e1n contar con un capital m\u00ednimo necesario para llevar a cabo sus actividades. Seg\u00fan el anteproyecto, este lo determinar\u00e1 la CNBV mediante un \u00edndice en relaci\u00f3n con el riesgo operacional que \u00e9stas presenten.<\/span><\/p>\n4) Datos abiertos.<\/span><\/strong><\/p>\nEl anteproyecto permite que los bancos y las Fintech compartan sus aplicaciones o interfaces tecnol\u00f3gicas, denominadas API (Application Programming Interface), sin que se tenga que violar el secreto financiero.<\/span><\/p>\n5) Sandbox regulatorio<\/strong><\/span><\/p>\nEl anteproyecto de ley crea la figura de Empresas Innovadoras, conocida en el ecosistema Fintech como Sandbox, que dar\u00e1 una autorizaci\u00f3n temporal a empresas y bancos para probar modelos de negocio que no tengan que ver con las tres ITF que ya estar\u00e1n reguladas. La inclusi\u00f3n de las instituciones bancarias en este esquema es algo que no se ten\u00eda previsto en un primer momento.<\/span><\/p>\nEstas Empresas Innovadoras podr\u00e1n probar con un n\u00famero reducido de clientes que decidan y por un tiempo limitado, establecido por la CNBV.<\/span><\/p>\nTendr\u00e1n 30 d\u00edas a partir de que son autorizadas para presentar resultados.<\/span><\/p>\nEn el caso de las start-ups, deber\u00e1n entregar la misma documentaci\u00f3n que las empresas que ya busquen acreditarse como ITF. En ambos casos, el regulador podr\u00e1 revocar el permiso temporal en caso de existir un riesgo inesperado para los clientes.<\/span><\/p>\n6) La ley prohibir\u00e1 a las empresas de Crowdfunding:<\/strong><\/span><\/p>\nAsegurar el \u00e9xito, retornos o rendimientos a los clientes sobre su inversi\u00f3n realizada.<\/span><\/p>\nQue los fundadores, accionistas, c\u00f3nyuges o empleados de las plataformas soliciten financiamiento a trav\u00e9s de las mismas.<\/span><\/p>\nQue los inversionistas sean bancos, Sofipos, Sofom o Sociedades Cooperativas de Ahorro o Pr\u00e9stamo.<\/span><\/p>\n7) Activos virtuales<\/strong><\/span><\/p>\nPara ser aprobadas como ITF por parte de la CNBV deber\u00e1n contar primero con la autorizaci\u00f3n previa del Banco de M\u00e9xico, que avale sus operaciones.<\/span><\/p>\nDeber\u00e1n informar a los clientes la volatilidad del activo virtual, los riesgos de fraude, que no es moneda de curso legal y la imposibilidad de revertir las operaciones una vez hechas.<\/span><\/p>\n8) En el caso de las ITF de pago electr\u00f3nico<\/strong><\/span><\/p>\nLos requerimientos de capital se definir\u00e1n de acuerdo al n\u00famero y monto de pagos que realicen, as\u00ed como de los ingresos que obtengan en un periodo que marque la CNBV.<\/span><\/p>\n9) ITF, los \u00fanicos responsables en caso de afectaci\u00f3n a inversionistas<\/strong><\/span><\/p>\nLas instituciones deber\u00e1n hacer p\u00fablica la informaci\u00f3n que permita a sus clientes conocer los riesgos en las operaciones que realizan y solicitar una constancia a los clientes.<\/span><\/p>\nLa ley especifica que el Gobierno no se har\u00e1 responsable de garantizar los recursos a los usuarios en caso de fraude, por lo que los negocios estar\u00e1n obligados a comunicar esto en su p\u00e1gina de internet, publicidad y contratos que celebren con ellos.<\/span><\/p>\n10) La CNBV, el mayor vigilante<\/strong><\/span><\/p>\nLa dependencia de gobierno ser\u00e1 la autoridad principal encargada de supervisar y vigilar que todo lo establecido en la ley sea cumplido por las empresas. Adem\u00e1s, podr\u00e1 investigar anomal\u00edas, realizar visitas de inspecci\u00f3n y, en su caso, aplicar revocaciones.<\/span><\/p>\n11) Sanciones y revocaciones<\/strong><\/span><\/p>\nLa CNBV podr\u00e1 revocar el permiso para operar a las Fintech que, entre otros lineamientos, no logren mantener el capital m\u00ednimo o neto necesario que les haya sido exigido.<\/span><\/p>\nTambi\u00e9n podr\u00e1 establecer multas de 1 hasta 730,000 Unidades de Medida y Actualizaci\u00f3n (UMA), que cada una equivale a 75.49 pesos actualmente, seg\u00fan el INEGI. Las causas pueden ir desde incumplir o negar la entrega de alg\u00fan documento solicitado por la autoridad, no atender las observaciones del regulador, entre otras.<\/span><\/p>\nExistir\u00e1 una pena de prisi\u00f3n de tres a 15 a\u00f1os y una multa de hasta tres millones de UMAS a quienes operen sin autorizaci\u00f3n, desv\u00eden recursos de los clientes, compartan informaci\u00f3n confidencial o suspendan el servicio sin notificar a los usuarios.<\/span><\/p>\n12) El papel de la CONDUSEF<\/strong><\/span><\/p>\nEl anteproyecto instruye que en el futuro se cree una ventanilla de apoyo especializada para los usuarios de estas plataformas.<\/span><\/p>\nAdem\u00e1s, la Comisi\u00f3n Nacional para la Protecci\u00f3n y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) deber\u00e1 resolver las controversias que lleguen a suscitarse con las ITF y las Empresas Innovadoras.<\/span><\/p>\n13) Consejo de Tecnolog\u00eda Financiera<\/strong><\/span><\/p>\nEstar\u00e1 conformado por hasta 12 miembros, entre los que estar\u00e1n representantes de la CNBV, Hacienda, Banxico y del sector privado, que fomentar\u00e1n el intercambio de opiniones. Deber\u00e1n reunirse al menos una vez al a\u00f1o.<\/span><\/p>\n14) Leyes a modificar<\/strong><\/span><\/p>\nDe acuerdo con el borrador del documento, se reforman, adicionan y derogan 11 leyes, como la Ley de Mercado de Valores, la Ley de Protecci\u00f3n y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, as\u00ed como la de Prevenci\u00f3n e identificaci\u00f3n de Operaciones con Recursos de Procedencia Il\u00edcita.<\/span><\/p>\n