function myplugin_custom_js_for_specific_pages{"id":832,"date":"2016-11-08T14:15:38","date_gmt":"2016-11-08T20:15:38","guid":{"rendered":"http:\/\/www.yunius.com\/?p=832"},"modified":"2016-11-16T14:10:23","modified_gmt":"2016-11-16T20:10:23","slug":"las-40-recomendaciones-del-gafi","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.yunius.com\/las-40-recomendaciones-del-gafi","title":{"rendered":"Las 40 Recomendaciones del GAFI"},"content":{"rendered":"
<\/strong><\/p>\n Las Recomendaciones del GAFI<\/strong> constituyen un esquema completo y consistente de medidas, que los pa\u00edses deben implementar para combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo<\/em>, as\u00ed como tambi\u00e9n el financiamiento de la proliferaci\u00f3n de armas de destrucci\u00f3n masiva. Los pa\u00edses tienen diversos marcos legales, administrativos y operacionales, as\u00ed como diferentes sistemas financieros, por lo cual todos los pa\u00edses no pueden tomar medidas id\u00e9nticas contra estas amenazas. Las Recomendaciones del GAFI, fijan un est\u00e1ndar internacional que los pa\u00edses deber\u00edan implementar por medio de medidas adaptadas a sus circunstancias particulares.<\/p>\n Dichas recomendaciones establecen medidas esenciales que los pa\u00edses deben implementar para:<\/p>\n Las 40 Recomendaciones originales del GAFI<\/em> del a\u00f1o 1990 fueron una iniciativa para combatir los usos indebidos de los sistemas financieros por parte de personas que lavaban el dinero del tr\u00e1fico il\u00edcito de drogas. En 1996, se revisaron las Recomendaciones por primera vez para reflejar las crecientes tendencias y t\u00e9cnicas de lavado de activos y para ampliar su campo m\u00e1s all\u00e1 del lavado de activos proveniente de las drogas. En octubre de 2001, el GAFI expandi\u00f3 su mandato e incluy\u00f3 el financiamiento de actos y organizaciones terroristas y cre\u00f3 las importantes Ocho (luego ampliadas a Nueve) Recomendaciones Especiales sobre el financiamiento del terrorismo. En 2003, las Recomendaciones del GAFI se revisaron por segunda vez y junto con las Recomendaciones Especiales fueron avaladas por m\u00e1s de 180 pa\u00edses, y son reconocidas universalmente como el est\u00e1ndar internacional contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo (ALA\/CFT).<\/p>\n Despu\u00e9s de concluida la tercera ronda de Evaluaciones Mutuas de sus miembros, el GAFI revis\u00f3 y actualiz\u00f3 sus Recomendaciones en cooperaci\u00f3n con los Organismos Regionales estilo GAFI (FSRB por su sigla en ingl\u00e9s), y los organismos observadores, incluyendo el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial y las Naciones Unidas. Las revisiones contemplan nuevas amenazas emergentes, clarifican y fortalecen muchas de las obligaciones existentes, manteniendo la estabilidad necesaria y el rigor de las Recomendaciones.<\/p>\n Los est\u00e1ndares del GAFI han sido tambi\u00e9n revisados y se fortalecieron los requisitos para las situaciones de mayor riesgo a fin de permitir que todos los pa\u00edses se focalicen m\u00e1s en aquellas \u00e1reas de alto riesgo o donde se podr\u00eda mejorar la implementaci\u00f3n. Los pa\u00edses deben primero identificar, evaluar y entender los riesgos del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo que enfrentan, y luego adoptar las medidas adecuadas para mitigar los riesgos. El enfoque basado en riesgo permite que los pa\u00edses adopten medidas m\u00e1s flexibles para orientar los recursos de manera m\u00e1s efectiva y aplicar medidas preventivas acordes con la naturaleza de los riesgos para focalizar sus esfuerzos de manera m\u00e1s efectiva.<\/p>\n 1.- Evaluaci\u00f3n de riesgos y aplicaci\u00f3n de un enfoque basado en riesgo 3.- Delito de lavado de activos 5.- Delito de financiamiento del terrorismo 9.- Leyes sobre el secreto de las instituciones financieras<\/p>\n DEBIDA DILIGENCIA Y MANTENIMIENTO DE REGISTROS<\/i><\/strong> MEDIDAS ADICIONALES PARA CLIENTES Y ACTIVIDADES ESPEC\u00cdFICAS<\/i><\/strong> DEPENDENCIA, CONTROLES Y GRUPOS FINANCIEROS<\/i><\/strong> REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS<\/i><\/strong> ACTIVIDADES Y PROFESIONES NO FINANCIERAS DESIGNADAS<\/i><\/strong> 24.- Transparencia y beneficiario final de las personas jur\u00eddicas REGULACI\u00d3N Y SUPERVISI\u00d3N<\/i><\/strong> OPERATIVO Y ORDEN P\u00daBLICO<\/i><\/strong> REQUISITOS GENERALES<\/i><\/strong> SANCIONES<\/i><\/strong> 36.- Instrumentos internacionales Como puede verse, despu\u00e9s de la lectura de las 40 recomendaciones de GAFI, en el caso de M\u00e9xico las leyes de PLD\/FT y PIORPI son la respuesta nacional como miembros de esa organizaci\u00f3n intergubernamental.<\/p>\n\n
Historia de las recomendaciones GAFI<\/b><\/span><\/h3>\n
Lista de Recomendaciones del GAFI<\/b><\/span><\/h3>\n
A. POL\u00cdTICAS Y COORDINACI\u00d3N ALA\/CFT<\/span> <\/strong><\/h6>\n
\n2.- Cooperaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n nacional<\/p>\nB. LAVADO DE ACTIVOS Y DECOMISO<\/strong><\/span><\/h6>\n
\n4.- Decomiso y medidas provisionales<\/p>\nC. FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y FINANCIAMIENTO DE LA PROLIFERACI\u00d3N<\/strong><\/span><\/h6>\n
\n6.- Sanciones financieras dirigidas relacionadas al terrorismo y al financiamiento del terrorismo
\n7.- Sanciones financieras dirigidas relacionadas a la proliferaci\u00f3n
\n8.- Organizaciones sin fines de lucro<\/p>\nD. MEDIDAS PREVENTIVAS<\/strong><\/span><\/h6>\n
\n10.- Debida diligencia del cliente
\n11.- Mantenimiento de registros<\/p>\n
\n12.- Personas expuestas pol\u00edticamente
\n13.- Banca corresponsal
\n14.- Servicios de transferencia de dinero o valores
\n15.- Nuevas tecnolog\u00edas
\n16.- Transferencias electr\u00f3nicas<\/p>\n
\n17.- Dependencia en terceros
\n18.- Controles internos y filiales y subsidiarias
\n19.- Pa\u00edses de mayor riesgo<\/p>\n
\n20.- Reporte de operaciones sospechosas
\n21.- Revelaci\u00f3n (tipping-off) y confidencialidad<\/p>\n
\n22.- APNFD (Actividades y Profesiones No-Financieras Designadas): debida diligencia del cliente
\n23.- APNFD: Otras medidas<\/p>\nE. TRANSPARENCIA Y BENEFICIARIO FINAL DE PERSONAS JUR\u00cdDICAS Y OTRAS ESTRUCTURAS JUR\u00cdDICAS<\/strong><\/span><\/h6>\n
\n25.- Transparencia y beneficiario final de otras estructuras jur\u00eddicas<\/p>\nF. FACULTADES Y RESPONSABILIDADES DE AUTORIDADES COMPETENTES Y OTRAS MEDIDAS INSTITUCIONALES<\/strong><\/span><\/h6>\n
\n26.- Regulaci\u00f3n y supervisi\u00f3n de las instituciones financieras
\n27.- Facultades de los supervisores
\n28.- Regulaci\u00f3n y supervisi\u00f3n de las APNFD<\/p>\n
\n29.- Unidades de inteligencia financiera
\n30.- Responsabilidades de las autoridades de orden p\u00fablico e investigativas
\n31.- Facultades de las autoridades de orden p\u00fablico e investigativas
\n32.- Transporte de efectivo<\/p>\n
\n33.- Estad\u00edsticas
\n34.- Gu\u00eda y retroalimentaci\u00f3n<\/p>\n
\n35.- Sanciones<\/p>\nG. COOPERACI\u00d3N INTERNACIONAL<\/strong><\/span><\/h6>\n
\n37.- Asistencia legal mutua
\n38.- Asistencia legal mutua: congelamiento y decomiso
\n39.- Extradici\u00f3n
\n40.- Otras formas de cooperaci\u00f3n internacional<\/p>\n