Recomendaciones del GAFI fortalecidas en México

Nuestro país ha mejorado en la aplicación de 6 medidas de 7 para combatir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo, desde la última evaluación realizada por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

El organismo intergubernamental, que busca desarrollar políticas para combatir el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, resolvió que México mejoró en las recomendaciones sobre organizaciones sin fines de lucro, la debida diligencia del cliente, personas expuestas políticamente, nuevas tecnologías, transferencias electrónicas y dependencia en terceros.

El único rubro sin avances fue en la recomendación 18 de GAFI, que abunda sobre controles internos y filiales y subsidiarias. En total, el organismo promueve 40 recomendaciones a los países para evitar el blanqueo de capitales y financiamiento a terrorismo; en la evaluación de 2018, México cumplía cabalmente sólo con cinco… sin lugar a dudas, una mejoría.

En diciembre pasado, México a través de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF),  pidió a GAFI la reclasificación de siete recomendaciones que el organismo que desarrolla políticas que ayuden a combatir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo había dejado en “parcialmente cumplida”.

Con la aprobación del Tercer Informe de Seguimiento Intensificado de México con solicitud de recalificación de esas siete recomendaciones, GAFI determinó que era posible la reclasificación de seis, la mitad a “cumplida” y el resto a “mayormente cumplida”.

El organismo determinó que el país cumple totalmente con las 12 recomendaciones sobre personas políticamente expuestas, dado que entre otras medidas, amplió la lista de ocupaciones consideradas en esa clasificación, para ajustarlo a los criterios de GAFI, e introdujo requisitos para las compañías de seguros y fianzas en relación con las pólizas de seguro de vida para esos sujetos.

También consideró el cumplimiento pleno en materia de transferencias electrónicas (que es la recomendación 16) , dado que se resarcieron la falta de requisitos en relación con la información de los beneficiarios, la ausencia de información de procedimientos para determinar cuándo ejercer, rechazar o suspender una transferencia bancaria sin la información requerida, o para identificar clientes ocasionales que transfieren pesos mexicanos.

A la par se reclasificó a “cumplida” la recomendación 17 en materia de dependencia en terceros, dado que se combatieron la falta de requisitos para que todas las instituciones financieras informaran sobre los países en los que se puede basar un tercero y de requisitos integrales para garantizar que éste sea regulado y supervisado para cumplir.

Sobre el resto que fueron reclasificadas a “mayormente cumplidas”, se impone la dilación en el Congreso mexicano para aprobar la ley antilavado. Así sucedió con la recomendación 8 en materia de organizaciones sin fines de lucro, lo mismo con las recomendaciones 10 y 15, respectivamente, en diligencia del cliente y nuevas tecnologías.

También se confirmó que México cumple con los nuevos requisitos de las recomendaciones que fueron modificadas recientemente, por lo que las calificaciones se mantienen sin cambios la 2 en cooperación y coordinación nacional como “mayormente cumplida”, la 7 en sanciones financieras dirigidas como “cumplida” y la 21 en revelación y confidencialidad como “mayormente cumplida”.

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