TUA comprometido para pagar deuda del cancelado NAICM

Hay un dato que es fundamental para la operación del actual Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) y el pago de la deuda por el cancelado Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (NAICM).

Es el número de pasajeros que transitan por la casi centenaria terminal aérea mexicana.

¿Por qué es importante el número? Es importante porque de él dependen los ingresos que recibe el AICM, y de tales ingresos, depende el cumplimiento del pago de la deuda que “heredó” el AICM por la cancelación del NAICM.

El monto de esa deuda asciende hoy a 4 mil 200 millones de dólares, comprometidos en 4 series con vencimiento en los años 2026, 2028, 2046 y 2047.

Es de conocimiento público que el flujo de ingresos que generan los pasajeros que vuelan desde el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) está comprometido.

Es decir, el total de los recursos que se registran con el cobro de la Tarifa de Uso Aeroportuario (TUA) se van directamente al pago de la deuda del cancelado Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.

El Presidente de México decidió cancelarlo y hacer el pago de la deuda comprometida con el TUA.

Para cumplir con el pago de los compromisos establecidos en los documentos de la deuda de los Bonos Mexcat, se requieren 460 millones de dólares anuales, sin IVA, que equivalen aproximadamente a 40 millones de pasajeros. Los usuarios del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) seguirán pagando la deuda con la Tarifa de Uso Aeroportuario (TUA).

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público que encabeza Rogelio Ramírez de la O no cambiará el esquema con el que hasta la fecha, la deuda comprometida para la construcción del NAICM, se paga con lo que recauda el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) a través del cobro de la TUA.

Para decirlo más claro, la deuda del NAICM no será convertida en deuda del gobierno federal, nadio será deuda soberana.

De acuerdo con fuentes bien informadas, la dependencia que administra las finanzas públicas del gobierno mexicano, no está considerando ninguna alternativa diferente a la actual para el pago de la deuda por el NAICM.

En consecuencia, la inminente transferencia del AICM a la Secretaría de Marina (Semar) se realizará con el compromiso de cobrar y transferir la TUA al fideicomiso de Nacional Financiera que se encarga de pagar los bonos Mexcat.

En los últimos días ha habido distintas señales al respecto. El subsecretario de Transportes de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), Rogelio Jiménez Pons dijo que el gobierno mexicano estaba en busca de alternativas para liquidar la deuda por 4 mil 200 millones de dólares en bonos del NAICM.

Con anticipación y en distintas ocasiones, el vicealmirante en retiro y director del AICM, Carlos Velázquez Tiscareño recomendó que la transferencia del AICM a la Semar se haga, sin la obligación de que el TUA que cobra, se destine al pago de la deuda por el NAICM.

Se llegó a entender que el gobierno federal había decidido convertir en deuda pública los bonos del extinto NAICM. Con base en esa especie, el valor de los bonos del NAICM aumentó.

En días pasados, los bonos del NAICM con vencimiento en el año 2047 pasaron de un precio de 82.19 dólares, registrado el 3 de febrero del 2023, a 86.41 dólares el 7 de julio del 2023, de acuerdo con información publicada en El Economista.

Sin embargo, todo apunta a que la deuda del NAICM no la tomará el gobierno.

El pago de esta deuda, por parte del gobierno federal, es muy importante porque evitaría el traslado de un elevado pasivo a la nueva entidad que busca dar seguridad a los aeropuertos, que operará la Secretaría de Marina.

La Secretaría de Marina tendrá el control de los aeropuertos de Matamoros, Ciudad del Carmen, Loreto, Guaymas, Obregón y Colima, además del de la Ciudad de México.

De ahí la coincidencia en la recomendación de Jiménez Pons y Velázquez Tiscareño.

Sin embargo, en la Secretaría de Hacienda, aseguran fuentes confiables, no hay ninguna intención de modificar el esquema actual.

La conversión del pasivo en deuda soberana eliminaría los riesgos de impago y es probable que eso fue lo que provocó el aumento en el valor de los bonos.

Dependerá de la confirmación o rectificación de la decisión de Hacienda sobre la asunción de la deuda, el impacto que tendrá para Casiopea, la entidad que controlará y operará los aeropuertos que le serán transferidos.

El decreto para la transferencia de los aeropuertos, incluído el AICM a la Semar ya está listo y sólo falta la firma presidencial. En los siguientes días se descorrerá el velo en torno a éste espinoso tema.

Un dato adicional útil:

Existen casos en los que cancelamos o perdemos un vuelo, y esto no quiere decir que todo se perdió.

En el caso de que se tenga que cancelar el vuelo o se pierda el avión, se puede recuperar el dinero del TUA.

La Ley de Aviación Civil señala que los clientes de las aerolíneas mexicanas, pueden pedir la devolución de su dinero del TUA, pero deben cumplir con un requisito.

El artículo 47 BIS, fracción VIII, dice lo siguiente:

“El pasajero podrá solicitar la devolución de su boleto en caso de que decida no efectuar el viaje, siempre y cuando lo comunique al permisionario o concesionario en el lapso de 24 horas contadas a partir de la hora de la compra del boleto. Pasado este plazo el concesionario o permisionario determinará las condiciones de la cancelación.”

Para solicitar la devolución del dinero del TUA es necesario comunicarse con la aerolínea. Ellos pedirán la siguiente información:

  • Clave de reserva
  • Nombre completo del pasajero.
  • PNR, que es el Registro de Nombre del Pasajero (son tres letras y tres números).
  • Copia de identificación oficial
  • Cuenta bancaria
  • Correo electrónico ligado a la reserva.

La aerolínea hará la devolución del costo del boleto, luego de las primeras 24 horas posteriores a la compra, y al menos, tres horas antes de la salida del vuelo. Es necesario no haber documentado equipaje.

La devolución del TUA se obtiene en un periodo de 30 días naturales, luego del vuelo que no fue tomado.

Si el cliente de la aerolínea decide no tomar el vuelo, debe solicitar, en las 24 horas posteriores a la compra, la devolución del costo del boleto. En caso de que se pase ese tiempo, será la aerolínea quien determinará las condiciones de cancelar.

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