Las Sofomes…

Se trata de sociedades anónimas que cuentan con un registro vigente ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), y que contemplan en sus estatutos como objeto social principal, la realización habitual y profesional de actividades de otorgamiento de crédito, arrendamiento financiero o factoraje financiero.

Una Sofom no puede recibir recursos del público y no requiere de la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para constituirse, pero sí obtener la opinión favorable de esta Comisión Nacional y de sus estatutos sociales para poder acudir ante Fedatario Público a llevar a cabo su acta constitutiva.

Existen dos tipos de Sofomes, las reguladas (ER) y las no reguladas (ENR), cuyo principal distintivo tiene que ver con el hecho de que mantengan o no vínculos patrimoniales con otras entidades financieras autorizadas por la CNBV o sociedades controladoras de grupos financieros, o bien tengan inscritos instrumentos de deuda en el Registro Nacional de Valores.

Entendiéndose por vínculo patrimonial, cuando una entidad financiera o un grupo financiero cuenta con participación en el capital social de una Sofom o bien, cuando la entidad financiera ejerza el control de ésta o cuando ambas tengan accionistas en común.

Las Sofomes se clasifican en: Sociedades Financieras de Objeto Múltiple No Reguladas y Sociedades Financieras de Objeto Múltiple Reguladas. Las primeras son aquellas que no mantienen relaciones patrimoniales con entidades financieras o sociedades controladoras de grupos financieros de los que formen parte instituciones de crédito y no tienen inscritos instrumentos de deuda en el Registro Nacional de Valores.

Estas sociedades deberán agregar a su denominación social la expresión «sociedad financiera de objeto múltiple» o su acrónimo «SOFOM», seguido de las palabras «Entidad No Regulada» o su abreviatura «E.N.R.».

Las segundas sociedades serán aquellas que mantengan vínculos patrimoniales con Instituciones de crédito, Sociedades financieras populares, Sociedades financieras comunitarias (niveles de operación I a IV), Sociedades cooperativas de ahorro y préstamo (niveles de operación I a IV), Uniones de crédito. O bien, para fondear sus operaciones, emitan valores de deuda a su cargo, inscritos en el Registro Nacional de Valores conforme a la Ley del Mercado de Valores, soliciten voluntariamente ser una Sofom Regulada y reúnan los requisitos que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) les requiera.

Las Sofomes deberán de informar a sus clientes previamente a la contratación de uno de sus productos: monto de los pagos parciales, la forma y periodicidad para liquidarlos; comisiones; monto y detalle de cualquier cargo, si lo hubiera; número de pagos a realizar, su periodicidad; en su caso, el derecho que tiene a liquidar anticipadamente la operación y las condiciones para ello y, los intereses, incluidos los moratorios, forma de calcularlos y el tipo de tasa y, en su caso, tasa de descuento; monto de los intereses a pagar en cada período, en caso de utilizarse una tasa fija; en caso de una tasa variable, la regla de ajuste de la tasa; entre otros.

Antes de contratar algún crédito, te recomendamos verificar en el SIPRES (Registro de Prestadores de Servicios Financieros) de la CONDUSEF, que se encuentre en operación y que haya renovado su registro, en caso de aquellas Entidades Financieras que se hayan constituido antes del 7 de octubre del 2014. Verifica que los contratos de adhesión y las comisiones de las Sofomes estén registradas en el RECA (Registro de contratos de adhesión) también de la CONDUSEF.

Aprovecha estas herramientas para comparar las Sofomes y tomar una decisión informada. No te dejes sorprender, las Sofomes no pueden recibir dinero de sus usuarios (captar ahorro), y menos obligarte a ahorrar como condición para otorgarte un crédito, de hacerlo constituiría un delito que debes denunciar.

Infórmate sobre el comportamiento que han tenido las Sofomes ante sus Usuarios, el cumplimiento que le dan a las normas que les rigen, así como los productos y servicios que ofrecen, utiliza para ello el Buró de Entidades Financieras.

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